No. Se trata de procedimientos diferentes con finalidades y administraciones distintas. Recurrir el valor catastral es un trámite que se realiza ante Catastro cuando se detectan errores en los datos del inmueble o en los criterios de valoración aplicados.

En cambio, la Tasación Pericial Contradictoria (TPC) es un procedimiento tributario que se utiliza para impugnar valores aplicados por Hacienda en impuestos como ITP, AJD o Sucesiones y Donaciones.

Aunque en ambos casos es habitual aportar una tasación profesional como prueba técnica, el órgano competente, los plazos y el tipo de recurso no son los mismos. Por ello, es fundamental identificar correctamente qué valor se está impugnando y cuál es la vía administrativa adecuada en cada situación.

Artículo actualizado a Enero 2026